5.5Cambio de sentido
Qué es un cambio de sentido
Cambiar de sentido es dar media vuelta: giras 180 grados y vuelves por la misma vía. Girar para entrar en otra vía es un cambio de dirección (subtema 5.4).
Hay dos formas:
- Al mismo nivel, en la propia vía. La señal avisa de un sitio preparado.
- A distinto nivel, por un puente o un paso inferior. La señal anuncia la salida para hacerlo.
Al girar en la calzada cortas los dos sentidos; por eso la ley limita dónde hacerlo.
S-22
S-25
La regla general
En una vía de doble sentido puedes cambiar de sentido si:
- Eliges un sitio adecuado, donde cortes la vía el menor tiempo posible.
- Avisas de la maniobra con tiempo.
- Te aseguras de no poner en peligro ni estorbar a nadie, venga de detrás o de frente.
Si falta algo, espera el momento oportuno o busca otro sitio.
No hace falta una señal que lo permita ni un lugar preparado. Basta un sitio adecuado donde ninguna señal o marca lo prohíba.

Cómo se hace, paso a paso
Vas por una carretera de doble sentido y quieres volver atrás.
- Mira por los retrovisores.
- Pon el intermitente izquierdo con antelación.
- Si la calzada es ancha, colócate junto a la línea central, sin invadir el sentido contrario. Si desde ahí no cabes en un solo giro, arrímate al borde derecho o al arcén.
- Espera a que no venga nadie por ningún sentido.
- Gira de una vez, hacia delante, sin quedarte atravesado.
- Apaga el intermitente al terminar.
Si al esperar bloqueas a los de detrás
Puedes esperar parado en tu carril, con el intermitente puesto, mientras pasan los que vienen de frente, si los de detrás pueden seguir su marcha.
Si les impides avanzar, sal de la calzada por la derecha y espera allí hasta que puedas girar sin peligro. Si no hay un sitio seguro para apartarte, sigue hasta otro lugar adecuado.
Ejemplo: en una carretera estrecha se forma una fila detrás de ti. Apártate al arcén, deja pasar la fila y gira después.
De un solo giro y sin marcha atrás
Si la calzada es tan estrecha que no puedes girar de una vez, no completes la media vuelta con marcha atrás. Sigue hasta un lugar adecuado, como un ensanche o una glorieta.
La marcha atrás solo sirve para cambiar de sentido si no puedes seguir hacia delante ni girar de otra forma, por ejemplo en una calle cortada por obras. Aun así, recorre la distancia mínima (subtema 5.8).
Dónde está prohibido
Aunque no haya señal, no puedes dar la vuelta:
- Sin visibilidad suficiente: curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, niebla o lluvia intensa.
- En pasos a nivel y cerca de ellos.
- En túneles, pasos inferiores y tramos con la señal «Túnel» ().
- En autopistas y autovías, salvo en lugares habilitados.
- En calzadas de sentido único.
- Donde está prohibido adelantar, salvo que una señal autorice la media vuelta.
Es una infracción grave: multa de 200 euros y pérdida de 3 puntos (subtemas 14.4 y 14.5).
Donde no se adelanta, tampoco se da la vuelta
Muchos sitios sin señal de media vuelta prohibida son tramos donde no se adelanta. Tampoco puedes dar la vuelta:
- en un paso para peatones y cerca de él;
- en el cruce con una vía ciclista y cerca de él;
- donde una línea continua separa los dos sentidos, porque no puedes cruzarla ni pisarla.
Ejemplo: no viene nadie y quieres girar delante de un paso para peatones vacío. Está prohibido; busca otro sitio más adelante.

Intersecciones y glorietas
En una intersección y cerca de ella no se adelanta, así que, como norma general, tampoco cambias de sentido. Hay dos excepciones:
- Glorieta. Entra, recorre el anillo con la isleta central a tu izquierda y sal por la vía por la que llegaste. Nunca la recorras al revés para acortar.
- Cruce donde tu calzada tiene prioridad y una señal lo indica, si das la vuelta sin peligro.
Ejemplo: en un cruce con stop no tienes prioridad, así que ahí no das la vuelta.
Autopistas y autovías
Para volver atrás en una autopista o una autovía, toma una salida preparada para ello y pasa a la otra calzada por un puente o un paso inferior.
No uses los pasos que cruzan la mediana. Solo los vehículos prioritarios en servicio urgente pueden usarlos, y de forma excepcional.
En estas vías la marcha atrás también está prohibida (subtema 5.8).
Señales que prohíben dar la vuelta
| Señal | Qué prohíbe |
|---|---|
| , cambio de sentido prohibido | Dar media vuelta; girar a la izquierda sí puedes |
| , giro a la izquierda prohibido | Girar a la izquierda y dar media vuelta |
| , adelantamiento prohibido | Adelantar y dar media vuelta, hasta su señal de fin |
| , sentido obligatorio; , únicas direcciones permitidas | Lo que no marcan sus flechas, incluida la media vuelta |
| y , sentido único | Circular en contra y dar la vuelta; girar sí puedes |
R-304
R-303
R-305
R-400b
R-400c
R-403a
S-11
S-12a
Trampas típicas del examen
| Situación | ¿Puedes dar la vuelta? |
|---|---|
| Glorieta | Sí, con la isleta central a tu izquierda |
| Otra intersección | No, como norma general |
| Curva con buena visibilidad | Sí, si nada más lo prohíbe |
| Túnel con dos carriles en tu sentido | No, aunque ahí puedas adelantar |
| Tramo sin adelantamiento y sin señal | No, salvo señal que autorice la media vuelta |
| Línea discontinua, pero bloqueas a los de detrás | No; sal por la derecha y espera |
| Autopista, por un paso de la mediana | No |